Criterio 2 de 2 de la resolución: 07/01137/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Baleares
Fecha de la resolución: 29/09/2021
Asunto:

Impuesto sobre el Patrimonio. Titularidad de un derecho de crédito cedido posteriormente.

Criterio:

Se confirma el acto impugnado, al haber quedado suficientemente acreditado que el derecho de crédito que la reclamante, no residente en España, ostentaba frente a una entidad no había sido cedido, de manera efectiva, a una entidad financiera hasta el ejercicio 2014; por tanto, debe formar parte de la base imponible del impuesto en el ejercicio 2013. Se confirma, igualmente, el Acuerdo sancionador vinculado a la anterior regularización.

Referencias normativas:
  • Ley 19/1991 Impuesto sobre el Patrimonio
    • 5
Conceptos:
  • Base imponible
  • Crédito/s
  • Impuesto sobre el patrimonio
  • Titularidad
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas