Criterio 3 de 5 de la resolución: 07/00611/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Baleares
Fecha de la resolución: 24/11/2021
Asunto:

Comprobación de valores. Requisitos del informe de valoración. Motivación.

Criterio:

El informe de valoración emitido por el Gabinete Técnico de la AEAT está suficientemente motivado; se explica detalladamente el criterio a este respecto de nuestro Tribunal, y se cita numerosa jurisprudencia del TSJ en Illes Balears que confirma la suficiente motivación de informes de valoración idénticos (utilizando el método de comparación) al que ha servido de base en la valoración del inmueble en la presente reclamación. Se incluye el criterio de la Audiencia Nacional en su sentencia de 14 de julio de 2021 (rec. 352/2018)

Referencias normativas:
  • Ley 230/1963 General Tributaria LGT
    • 134
Conceptos:
  • Comprobación de valores
  • Informe pericial
  • Motivación
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas