Criterio:
El reclamante, no residente en territorio español, transfiere 6.500.000 euros a la sociedad de la que es socio único y administrador.
Se intenta "enmascarar" esta operación bajo la cobertura de un contrato de préstamo. Se confirma la calificación que realiza la Inspección al entender que, en realidad, se trata de una aportación a fondos propios de "su" entidad. Se analizan pormenorizadamente todos los indicios que llevan a mantener esta calificación (páginas 42 y ss. de la Resolución). Se confirma, igualmente, la sanción recurrida.