Criterio 1 de 1 de la resolución: 06/00453/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Extremadura
Fecha de la resolución: 30/11/2020
Asunto:

ISD. Aplicación de la reducción por adquisición “mortis causa” de la vivienda habitual de la causante. La reclamante es descendiente por afinidad al ser hija de su segundo esposo, premuerto.

Criterio:

Tiene derecho a la reducción por la vivienda habitual de la causante su descendiente por afinidad, dado que la normativa no distingue entre descendiente consanguineo o por afinidad. Siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, a efectos del ISD, no desaparece el vínculo de afinidad de la reclamante con la causante por el hecho de que el esposo de ésta -padre de la aquí interesada- falleciera con anterioridad.

 

Sentencia 647/2017 del TS de 6.04.2017 Rec. 1095/2016

Referencias normativas:
  • Ley 29/1987 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    • 20.2.c)
Conceptos:
  • Afinidad
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Parentesco
  • Reducciones
  • Vivienda habitual
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas