Criterio 1 de 1 de la resolución: 03/07124/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Valencia
Fecha de la resolución: 26/11/2021
Asunto:

ISD/ITPAJD. Aportación sin contraprestación por un cónyuge de un bien privativo a su sociedad conyugal. Tributación por ITPAJD o por ISD. Sujeto pasivo.

Criterio:

La aportación a título gratuito por un cónyuge de un bien privativo a su sociedad de gananciales no se encuentra sujeta al ITPAJD, ni puede ser sometida a gravamen por el Impuesto sobre Donaciones la sociedad de gananciales, como patrimonio separado, en tanto que sólo pueden serlo las personas físicas y aquellas instituciones o entes que especialmente se prevea legalmente, sin que exista norma al efecto respecto de la sociedades de gananciales y sin que quepa confundir la operación que nos ocupa, en la que el beneficiario es la sociedad de gananciales, con la aportación a título gratuito por un cónyuge de un bien privativo a favor del otro cónyuge.

Sentencia del TS de 3.03.2021 Rec. casación 3983/2019.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 35.4
    • 8.c)
  • Ley 29/1987 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    • 3.1.b)
  • RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 7.1.A)
Conceptos:
  • Aportaciones
  • Bienes privativos
  • Cónyuge
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Sociedad de gananciales
  • Título gratuito
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas