Asunto: IRNR. Perceptor de beca ICEX en fase II, prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales, dentro y fuera de España; tipo impositivo.
Criterio:
Al perceptor de beca ICEX, en fase II de prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales, dentro y fuera de España sujeto al IRNR, que desarrolla las prácticas en los locales de la empresa asignada, le es de aplicación el tipo impositivo del 24 % del artículo 25.1.a) y no el 8% del artículo 25.1.c).
Criterio reiterado en resolución TEAC de 22-04-2024 (RG 8699-2023)