Criterio:
En el supuesto de estimación de un recurso contra la inejecución de una resolución económico-administrativa favorable firme, el plazo para ejecutar esa última resolución estimatoria es de un mes de acuerdo con lo previsto en el artículo 239.3 de la LGT, quedando expedita la vía contenciosa administrativa en caso de su incumplimiento.
Reitera criterio de fecha 17 de mayo de 2022, RG 00/2605/2019.