Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/07227/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 22/09/2021
Asunto:

Impuesto sobre Sociedades. Jerarquía de fuentes. Deducción para evitar la doble imposición. Convenio entre España y Portugal. Procedencia de la limitación regulada en la Disposición Adicional 15ª de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.

Criterio:

La situación que se produce como consecuencia de la limitación regulada en la Disposición Adicional 15ª no contradice lo dispuesto en ninguno de los artículos del CDI, puesto que estos regulan el cálculo de la deducción con la que evitar la doble imposición que se produce al tributar la misma renta en dos países, pero no fija el ámbito temporal en que dicha deducción debe ser aplicada.

Es cierto que la jerarquía de fuentes nos lleva a acudir en primer lugar al CDI y, una vez que este permita al Estado de residencia someter a tributación la renta obtenida en el Estado de la fuente, acudir a la norma interna, en este caso la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades; sin embargo, la limitación regulada en la Disposición Adicional 15ª apartado 2 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, no impide la eliminación de la doble imposición que establece el CDI, puesto que la deducción que no puede ser aplicada en el ejercicio por la aplicación del límite del 50% podrá deducirse en ejercicios siguientes, por lo que se está produciendo un diferimiento en su aplicación. Así pues, la doble imposición se corrige, y se corrige del modo previsto en el Convenio, aunque se proyecta en un ámbito temporal que excede del ejercicio en el que se percibió la renta, del mismo modo que sucedería si, sin existir este límite, la cuota íntegra fuera inferior a la deducción y, en consecuencia, esta no pudiera aplicarse en su totalidad.

 

Se reitera criterio de RG 4927-2018, de 27-10-2020

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 7
Conceptos:
  • Convenio
  • Doble imposición internacional
  • Impuesto sobre sociedades
  • Jerarquía normativa
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas