Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/06466/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 28/04/2021
Asunto:

ITPAJD. Actos Jurídicos Documentados. Novación de préstamo con garantía hipotecaria. Novación de las cláusulas financieras. Sujeción. Base imponible.

Criterio:

La novación de las cláusulas financieras tiene un contenido económico por lo que está sujeta a AJD en virtud del artículo 31 del TRITPAJD. La base imponible es el contenido económico de las cláusulas financieras valuables que delimitan la capacidad económica susceptible de imposición y no el total de responsabilidad hipotecaria.

 

Se reitera criterio de  RG 794-2018, de 28 de enero de 2021

 

 

Referencias normativas:
  • RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 31
  • Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946)
    • 12
Conceptos:
  • Actos Jurídicos Documentados AJD
  • Base imponible
  • Novación
  • Préstamos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas