Criterio:
En aquellos supuestos en los que los interesados no aporten la documentación necesaria para el cálculo de los ajustes al valor en aduana, la Administración Aduanera podrá aplicar los métodos secundarios de valoración pudiendo a estos efectos tener en cuenta los datos de la entidad referidos a otros ejercicios fiscales.
Datos que se podrán utilizar tanto para la práctica de los ajustes como para el reparto del importe de los cánones en el que caso de que proceda.
Sentencia TJUE de 9 de marzo de 2017, GE Healthcare, , asunto C-173/15.
Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT.