Criterio 1 de 6 de la resolución: 00/05686/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 18/05/2022
Asunto:
Tráfico exterior. Valor en aduanas. Cánones. Ajuste positivo.
Criterio:

Para que el importe del canon se adicione al precio de las mercancías a efectos de determinar el valor en aduana de las mismas, se requiere el cumplimiento acumulativo de las siguientes condiciones:
• Que el importe del canon no esté incluido en el precio efectivamente pagado o por pagar.
• Que el canon esté relacionado con la mercancía que se valora.
• Que el pago del canon constituya, directa o indirectamente, una condición de venta de la mercancía importada.

Sentencia TJUE de 9 de marzo de 2017, GE Healthcare, C-173/15.

Reitera y matiza el criterio de RG 00/01982/2009 (13-04-2010) y RG 00/02337/2009 (23-02-2010).

Referencias normativas:
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) nº 952/2013
    • 136
  • Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Código Aduanero de la Unión CAU
    • 70
    • 71
Conceptos:
  • Aduanas
  • Ajustes
  • Canon
  • Importación
  • Tráfico exterior
  • Valor en aduana
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas