Criterio 2 de 2 de la resolución: 00/05316/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 22/11/2021
Asunto:

Sanciones de contrabando. Oposición a la entrada en domicilio no protegido constitucionalmente, de funcionarios y fuerzas a quienes está encomendada la persecución y el descubrimiento del contrabando.

Criterio:

La oposición a la entrada, en establecimientos o lugares que no constituyen domicilio constitucionalmente protegido, por autoridades, funcionarios y fuerzas a quienes está encomendada la persecución y el descubrimiento del contrabando en los términos previstos en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, y 20.2.b) del Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, constituye una conducta típica subsumible en el supuesto de hecho previsto en el artículo 11.4.d) de la citada ley.

Unificación de criterio.

Referencias normativas:
  • Ley Org 12/1995 Represión del Contrabando
    • 11.4.d)
Conceptos:
  • Contrabando
  • Domicilio
  • Infracciones y sanciones
  • Resistencia/obstrucción/excusa/negativa
  • Sanciones de contrabando
  • Tipicidad/elemento objetivo
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas