Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/05252/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/02/2024
Asunto:

ITP y AJD. Calificación de concesión administrativa a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Criterio:

Los rasgos esenciales que deben apreciarse en un acuerdo entre un órgano administrativo y una entidad mercantil adjudicataria, para poder afirmar la existencia de una concesión administrativa a efectos tributarios, se resumen en que pueda afirmarse que, de él, se ha derivado cualquier desplazamiento patrimonial a favor de la entidad que lo suscribió como consecuencia del otorgamiento de facultades de gestión sobre algún servicio público o por la atribución del uso privativo (o, al menos, del aprovechamiento especial) de cualquier bien de dominio público.

Reitera el criterio del RG 00-03498-2014, de 13 de julio de 2017.

Referencias normativas:
  • RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 7.1.B)
Conceptos:
  • Concesión administrativa
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
  • Requisitos
  • Sujeción/No sujeción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas