Asunto: Tráfico Exterior. Clasificación arancelaria. Concepto de «parte o accesorio destinadas, exclusiva o principalmente, a una determinada máquina»
Criterio:
El concepto de «parte o accesorio destinadas, exclusiva o principalmente, a una determinada máquina» implica que se den 3 requisitos simultáneamente:
1º) La presencia de un conjunto para cuyo funcionamiento éstas «partes» son indispensables
2ª) El funcionamiento mecánico o eléctrico de la máquina o del aparato está supeditado por esta «partes». No basta o basta demostrar que, sin ese artículo, la máquina o el aparato no pueden satisfacer las necesidades a las que están destinados.
3º) Que no se trate de «partes y accesorios de uso general».
Sentencia de 12 de diciembre de 2013 del Tribunal del Justicia de la Union dictada en el asunto C-450/12
Sentencia de 20 de noviembre de 2014 del Tribunal del Justicia de la Unión dictada en el asunto C-666/13
Anexo 1. Reglamento CEE 2658/87 del Consejo Nomenclatura Combinada según redacción dada por Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1776 (entrada en vigor 01-01-2020)
Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT.