Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/04117/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 22/02/2024
Asunto:

Requerimiento de información de la Dependencia Regional de Inspección a una entidad que no está establecida en España y que no tiene ninguna relación jurídico-tributaria con la Administración española por la que pueda considerarse obligado tributario.

 

Criterio:

La Administración tributaria española carece de competencia para efectuar un requerimiento individualizado de información a una entidad no establecida en España, que no tiene ningún vínculo o criterio de conexión con el territorio español determinante de la existencia de una relación jurídico-tributaria, por lo que no está sujeta al ordenamiento jurídico interno. En estas circunstancias, la obtención de información debe canalizarse a través de los instrumentos de asistencia mutua relativos al intercambio de información.

 

Reitera criterio de Resolución TEAC de 18 de mayo de 2022 (RG 191-2021)

 

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 11
    • 17
    • 35
Conceptos:
  • No residente/s
  • Obligados tributarios
  • Requerimientos de información
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas