Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03761/2018/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 22/11/2021
Asunto:

Procedimiento de inspección. Duración de las actuaciones. Dilaciones no imputables a la Administración Tributaria. Solicitud de aplazamiento documentada en el acta firmada en disconformidad.

Criterio:

No se considera que el acta de disconformidad sea documento adecuado para documentar la solicitud de aplazamiento de la fecha prevista para la firma de las actas, al no reconocer el obligado tributario los hechos en ella recogidos; no puede por ello considerarse la existencia de una dilación en el procedimiento no imputable a la Administración.

Reitera criterio del RG 00/03411/12 de 10/09/2015.

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 78.2.3
Conceptos:
  • Actas de disconformidad
  • Cómputo
  • Dilaciones
  • Interrupción justificada
  • Plazos
  • Procedimiento de inspección
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas