Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/03746/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 29/06/2021
Asunto:

Actos Jurídicos Documentados. Escritura pública en la que se recoge tanto la división horizontal como la extinción del proindiviso. Condición para no gravar ambos conceptos. Aplicabilidad de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la división de horizontal.

Criterio:

Como declara el Tribunal Supremo, en los casos en que en la misma escritura pública se recoge tanto la división horizontal como la extinción del condominio, debe considerarse que la división horizontal es un acto preparatorio y necesario para poder llevar a cabo la extinción del condominio pretendido por los comuneros, por lo que si ambos actos jurídicos se incluyen en la misma escritura no debe tributarse por ambos conceptos por el gravamen documental.

 

Se reitera criterio de RG 1406-2016, de 11-07-2019

Referencias normativas:
  • RDLeg 1/1993 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD
    • 28
    • 31
Conceptos:
  • Actos Jurídicos Documentados AJD
  • Condominio/copropiedad
  • División horizontal
  • Documento público
  • Extinción
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas