Criterio 1 de 2 de la resolución: 00/03229/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 16/09/2021
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria del artículo 42.2.a) LGT. Transmisión u ocultación consistente en una donación en la que el donante no se haya reservado bienes bastantes para pagar las deudas anteriores a ella. Artículo 643 párrafo segundo del Código Civil. Cumplimiento del requisito de la "causación o colaboración" del donatario en dicha ocultación a los efectos del artículo 42.2.a) de la LGT.

Criterio:

La aceptación por el donatario (declarado responsable) de una donación de bienes realizada por el deudor principal en la que concurren las circunstancias contempladas en el artículo 643, párrafo segundo, del Código Civil, esto es, que deja al donante sin bienes suficientes para hacer frente a la deuda tributaria, pone de manifiesto, ciertamente, el cumplimiento del segundo requisito para la declaración de responsabilidad del artículo 42.2.a) de la LGT, esto es, la "causación o colaboración" del primero en la ocultación.

 

Unificación de criterio

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 42.2.a)
  • Código Civil RD 24-jul-1889
    • 643
Conceptos:
  • Derivación de responsabilidad
  • Donaciones
  • Ocultación
  • Procedimiento de recaudación
  • Requisitos
  • Responsables solidarios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas