Criterio:
El procedimiento de regularización de deducciones por bienes de inversión regulado en los artículos 107 a 110 de la Ley del IVA no puede aplicarse para regularizar deducciones si no existía inicialmente el derecho a la deducción. Así se deduce de la sentencia del TJUE de 11 de abril de 2018, asunto C-532/16.
La regularización de las deducciones indebidamente practicadas debe realizarse en el momento de la adquisición de los bienes y servicios, en el cual procede valorar su destino previsible y el derecho a la deducción.
Reitera criterio del RG 00-04281-2021, de 22-11-2023