Criterio 2 de 4 de la resolución: 00/02071/2017/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/01/2020
Asunto:

Tráfico Exterior. Sustracción a la vigilancia aduanera mediante la emisión de documentos de acompañamiento de impuestos especiales a mercancías no comunitarias. Nacimiento de la Deuda Aduanera.

Criterio:

La emisión de los documentos de acompañamiento de impuestos especiales a mercancías no comunitarias implica atribuir indebidamente a las mismas el estatuto aduanero de mercancías comunitarias. Esta circunstancia impidió a la Administración la realización de los controles oportunos sobre las mercancías en la medida en que no pudo verificar qué mercancía se estaba introduciendo en el territorio de la Unión y si la misma cumplía o no las exigencias fijadas por la norma para su despacho a libre práctica. .(Art. 37 y 50 CA y  artículo 865 DACA)

 

En definitiva, en el presente supuesto se considera que se ha producido una situación de sustracción a la vigilancia aduanera que debe dar lugar al nacimiento de la deuda en los términos del artículo 203 del Código Aduanero Comunitario.

 

Sentencia TJUE  de 14 de enero de 2010, dictada en los asuntos acumulados C-430/08 y C-431/08, Terex Equipement y otros.

Referencias normativas:
  • Reglamento CEE 2913/92 Código Aduanero Comunitario CAC
    • 203
    • 37
    • 50
  • Reglamento CE 2454/93 Aplicación del Código Aduanero
    • 865
Conceptos:
  • Actuaciones de control
  • Deuda aduanera
  • Documento de acompañamiento
  • Sustracción a la vigilancia aduanera
  • Tráfico exterior
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas