Criterio:
Para apreciar que está en España el núcleo principal o la base de los intereses económicos del contribuyente habrá que conjugar estos dos factores: que en territorio español se encuentren las principales fuentes de renta y que la mayor parte del patrimonio radique en España, comparado al obtenido en cualquier otro país, comparando país por país, y no a España con la sumatoria de los demás países.
Reitera criterio de RG 2737/2014, de 2-11-2017