Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01901/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 16/12/2020
Asunto:

Procedimiento de Inspección. Actas de conformidad. Efectos de la notificación al interesado del Acuerdo del órgano competente ordenando completar actuaciones, una vez transcurrido el plazo de un mes desde la suscripción del acta, cuando el primer intento de notificación se efectuó antes de que transcurra dicho plazo de un mes.

Criterio:

Basta con el primer intento de notificación de la orden para completar actuaciones en el plazo del mes para que no se entienda producida y notificada la  liquidación derivada de un acta de conformidad A01 aunque la notificación efectiva de dicha orden se produzca una vez transcurrido el plazo de un mes desde la suscripción del acta.

 

Se reitera criterio de RG 1042-2015, de 15-10-2018, confirmado por Sentencia de la Audiencia Nacional de 26 de enero de 2022 (rec. contencioso-administrativo nº  804-2018).

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 104.2
    • 156.3.b)
Conceptos:
  • Actas de conformidad
  • Actuaciones inspectoras
  • Notificaciones
  • Procedimiento de inspección
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas