Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01159/2022/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 19/11/2024
Asunto:

IRPF. Régimen fiscal especial de trabajadores desplazados a territorio español. Inaplicación de la teoría del vínculo de forma exclusiva. 

Criterio:

Aplicando la jurisprudencia del TJUE (de 9 de julio de 2015 (asunto Balkaya, C229/14) y de 11 de noviembre de 2010 (asunto Danosa, C-232/09)), y del TS (sentencias del TS de 27-06-2023 (rec. 6442/2021), de 02-11-2023 (rec. 3940/2022) y de 25-07-2023 (rec. 2334/2021)) al caso de la aplicación del régimen fiscal especial a trabajadores desplazados a territorio español regulado en el artículo 93 de la LIRPF, se concluye que no cabe, por exclusiva remisión a la teoría del vínculo, negar al trabajador que también forme parte del órgano de administración los derechos que la norma le conceda en su condición de trabajador.

Criterio reiterado en resolución de 19-11-2024, RG 00/00636/2022.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 93.b)
Conceptos:
  • Administrador/consejero
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Régimen especial de trabajadores desplazados
  • Trabajadores
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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