Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00947/2019/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 17/02/2022
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Responsabilidad solidaria del artículo 42.2 LGT. Alcance de la responsabilidad.

 

Criterio:

Si la Administración tributaria, a los efectos de determinar el alcance de la ocultación, procede a valorar las participaciones transmitidas en base a los activos de la sociedad consistentes en inmuebles y vehículos, para cuya valoración aplica lo dispuesto en el artículo 57 de la LGT mediante una actuación de comprobación de valores, se ha de otorgar a la parte interesada la posibilidad de corregir los valores establecidos a través de la tasación pericial contradictoria.

 

Reitera criterio de 19.07.2021 RG 167/2019

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 174
    • 175.1
    • 42.2
    • 57
Conceptos:
  • Alcance de la responsabilidad
  • Comprobación de valores
  • Ocultación
  • Participaciones
  • Procedimiento de recaudación
  • Responsables solidarios
  • Tasación Pericial Contradictoria TPC
  • Valoración
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas