Criterio:
La mera solicitud de suspensión de la liquidación vinculada a delito no impide que la Administración continúe con el procedimiento ejecutivo para el cobro de la liquidación vinculada a delito de acuerdo con el artículo 305 del Código Penal.
Se reitera criterio de resolución TEAC de 17 de febrero de 2022 ( RG 4300/2019)
Recurso de Unificación de Criterio de 14.09.2023 (RG 9745/2022)