Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00234/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/07/2022
Asunto:

Impuesto sobre Sociedades. Bases Imponibles negativas. Posibilidad de aplicar el mecanismo de bases imponibles negativas por parte de un no declarante.

Criterio:

En aplicación del criterio fijado en la Sentencia del Tribunal Supremo de 30-11-2021, rec. 4464/2020, este Tribunal Central modifica el criterio que venía manteniendo y asume el criterio jurisprudencial en el sentido de considerar que  la compensación de las BIN´s de ejercicios anteriores a la hora de autoliquidar el IS es un verdadero derecho autónomo, no una opción tributaria, y, como tal, no admite restricción alguna si no es a través de las causas taxativamente previstas en la ley, siendo particularmente relevante, como consecuencia, que no se pueda impedir su ejercicio a quien lo pretende aunque no haya presentado autoliquidación en plazo.

Criterio aplicado en Resolución de 25-02-2022 (RG 8725/2021), referido a autoliquidaciones extemporáneas.

           

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 119.3
    • 12.2
  • RDLeg 4/2004 Texto Refundido Impuesto sobre Sociedades
    • 25.1
Conceptos:
  • Bases imponibles negativas
  • Impuesto sobre sociedades
  • No declarante
  • Plazos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas