Criterio:
Habiendo constancia de que, para determinar el alcance de la ocultación, la Administración valoró los bienes transmitidos por el valor que había determinado la Administración Autonómica a efectos del Impuesto sobre Transmisiones y no por el valor escriturado, no habiendo otorgado al interesado la posibilidad de corregir los valores establecidos administrativamente a través de la tasación pericial contradictoria, debe anularse el acuerdo de responsabilidad, retrotrayendo el procedimiento de responsabilidad al efecto de dar cumplimiento a la Doctrina de este Tribunal en las resoluciones de 30 de octubre de 2014 de los recursos extraordinarios de alzada para la unificación de criterio 00-120-2014 y 00-2579-2014.
Criterio reiterado el 17.02.2022 (RG 947/2019)