Criterio:
La publicación en el BOE de los criterios generales del Plan de inspección con posterioridad a la carga en plan del contribuyente no tiene ninguna consecuencia jurídica en las actuaciones inspectoras ni invalida en modo alguno dicha carga. La aprobación y publicación de las directrices generales del Plan de inspección no determina el inicio de la vigencia de dicho Plan, que es un documento de carácter reservado.
Se reitera criterio de resolución TEAC de 21 de julio de 2020 (RG 5697/2017).