Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00009/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 20/09/2023
Asunto:

IAE. Operadora de telefonía móvil. Improcedencia de exigir la tributación por el epígrafe 761.2. (CAMBIO DE CRITERIO)

Criterio:

Conforme a la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 2022 (Rec 7503/2020), es improcedente exigir a una operadora de telefonía móvil la tributación por el epígrafe 761.2 del Impuesto sobre Actividades Económicas, según la redacción dada por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 51/2002 , de 27 de diciembre, al considerar que esa tributación ostenta la condición de "canon" en el sentido del artículo 13 de la Directiva 2002/20 Autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización) y contrario a la directiva.

CAMBIO DE CRITERIO.

Esta resolución supone un cambio de criterio respecto del RG 00/00113/2009 (06-10-2009).

Referencias normativas:
  • RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
    • Epígrafe 761.2
  • Directiva 2002/20/CE Autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización)
    • 13
Conceptos:
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas