Asunto: Tasas. Canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica. Aplicación retroactiva prevista en el RD 198/2015, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas. CAMBIO DE CRITERIO
Criterio:
El Tribunal Supremo, entre otras, en la sentencia de 19 de abril de 2021, rec.755/2015, ha declarado la nulidad de la disposición transitoria segunda, así como la disposición adicional primera, según párrafo, del Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por ser ambas contrarias al ordenamiento jurídico, por lo que no resulta exigible el canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica del ejercicio 2013/2014.
CAMBIO DE CRITERIO
Supone un CAMBIO DE CRITERIO con respecto al criterio de la RG 6990/2017, de 26 de febrero de 2021.