Criterio:
El art 108 LMV permite a la administración tributaria considerar el valor neto contable derivado de la documentación aportada por el contribuyente como equivalente a los valores reales. (STS 11/09/2020 REC 6598/2017).
Criterio reiterado en RG 2471-2013-50, de 25 de marzo de 2021