Criterio:
Corresponde al sujeto pasivo probar los hechos que desvirtúan la existencia de ganancia de patrimonio no justificada que deriva de la prueba por la Administración de las circunstancias de hecho del artículo 39 LIRPF (adquisición o tenencia de patrimonio que no se corresponda con la renta o patrimonio declarados).
No es prueba suficiente la mera acreditación del origen inmediato del patrimonio descubierto, cuando este es insuficiente para que la Administración pueda conocer el origen o causa real de los fondos recibidos (la operación o relación económica subyacente), que le permita incluirlo en otra fuente de renta del IRPF, en el hecho imponible de otro impuesto, o en otro concepto no sujeto a tributación.
Así se desprende, entre otras, de la SAN de 27 de octubre de 2021, rec. núm. 371/2019.
Criterio reiterado en RG 2931/2018, de 25-01-2022.