Criterio 1 de 1 de la resolución: 51/00236/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 27/06/2024
Asunto:

IRPF. Rendimientos del trabajo. Gastos deducibles.

Criterio:

Se admiten como deducibles de los rendimientos del trabajo al amparo del artículo 19.2 de la Ley 35/2006 de IRPF las detracciones en nómina realizadas por la empresa pagadora que corresponden a contribuciones sociales obligatorias según el sistema de la Seguridad Social de Suiza.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 19.2
    • 80
  • Suiza. Convenio de Doble Imposición enmateria de mpuestos sobre la renta y sobre el patrimonio de 26/04/1966 (BOE 03/03/1967). Instrumento de ratificación
    • 15
    • 23
Conceptos:
  • Gastos deducibles/no deducibles
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Rendimientos del trabajo
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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