Criterio 1 de 1 de la resolución: 47/01934/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla y León
Fecha de la resolución: 31/08/2021
Asunto:

IVA. Sujeto pasivo dual. Deducción de cuotas soportadas en común en actividades tanto sujetas como ajenas al ámbito del IVA. Reparto en función de los costes de las actividades.

Criterio:

En el denominador de la fracción que determina el porcentaje de deducción de las cuotas correspondientes a los bienes y servicios que se emplean en común para la realización de operaciones sujetas y no sujetas debe incluirse el coste del conjunto de las actividades de la entidad, y no el coste de las operaciones sujetas y no sujetas que pretende la reclamante.

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 7.8
    • 93.1
    • 93.5
Conceptos:
  • Actividad principal
  • Coste
  • Deducciones
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • IVA soportado
  • Porcentaje
  • Reparto de tributación
  • Sujetos pasivos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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