Criterio 1 de 1 de la resolución: 47/01799/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla y León
Fecha de la resolución: 31/05/2021
Asunto:

IVA. Servicio de mediación financiera.

Criterio:

Se considera exento el servicio de mediación financiera prestado por un concesionario de vehículos.

En el mismo sentido TEAC RG 00/06279/2008 (23-03-2010).

En el mismo sentido consulta DGT de 6 de junio de 2018.

Referencias normativas:
  • Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
    • 20.1.18.m)
Conceptos:
  • Exenciones
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Operaciones financieras
  • Prestaciones de servicios
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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