Criterio 1 de 1 de la resolución: 47/01799/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla y León
Fecha de la resolución: 31/05/2021
Asunto: IVA. Servicio de mediación financiera.
Criterio:
Se considera exento el servicio de mediación financiera prestado por un concesionario de vehículos.
En el mismo sentido TEAC RG 00/06279/2008 (23-03-2010).
En el mismo sentido consulta DGT de 6 de junio de 2018.
Referencias normativas:
- Ley 37/1992 Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
Conceptos:
- Exenciones
- Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
- Operaciones financieras
- Prestaciones de servicios