Asunto: IVA. Operaciones interiores. Exención de actividades de formación. Cursos de Auto-Maquillaje basico, celebraciones, Masterclass rutina de belleza diaria, masaje facial.
Criterio:
Las demostraciones, técnicas y trucos de maquillaje, tienen un carácter especializado que no encaja en el concepto autónomo del Derecho de la Unión, que tiene por objeto evitar divergencias de un Estado miembro a otro a la hora de aplicar el régimen del IVA. Estos cursos no se corresponden con la transmisión de conocimientos relativos a un conjunto amplio y diversificado de materias, ni a su profundización y a su desarrollo, pudiendo incluso considerarse una enseñanza meramente recreativa en tanto enfocada a que los clientes aprendan a maquillarse mejor ellos mismos y no hacia una formación de tipo profesional. En este sentido, la actividad que nos ocupa no está relacionada con la enseñanza escolar o universitaria en el sentido dado por la Ley de IVA interpretada a la luz de la Directiva y jurisprudencia del TJUE.
Referencias TJUE: asunto C-449/17, con ECLI:EU:C:2019:202 (enseñanza de conductores) y asunto C-373/19, con ECLI:EU:C:2021:873 (cursos natación) y TEAC: 00/08044/2008 y 00/04453/2020 sobre requisitos para la aplicación de la exención.