Criterio 1 de 1 de la resolución: 45/03040/2018/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 12/03/2021
Asunto:

IRPF. Rendimientos de la actividad económica.  Determinación de rendimientos en  estimación directa  

Criterio:

La cifra de negocio superior a 600.000 euros en un concreto ejercicio en que el obligado viniere determinando sus rendimientos en modalidad simplificada,  supone que para el ejercicio siguiente habrá de hacerlo en la normal, y  hacerlo durante tres ejercicios, pero si el obligado ya viene determinando sus rendimientos en modalidad normal el rebasar la cifra de negocios de 600.000 euros no supone sino que habrá de seguir en dicha modalidad el ejercicio siguiente y sin que de ello se siga que haya de permanecer en dicha modalidad otros tres ejercicios, pues no nos encontramos ante una exclusión de la modalidad ni ante una renuncia, únicos supuestos en que la modalidad se impone durante los tres ejercicios siguientes.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 30.1
Conceptos:
  • Base imponible
  • Estimación directa
  • Estimación directa simplificada
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Prueba
  • Rendimientos de actividades económicas
  • Requisitos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas