Criterio 1 de 1 de la resolución: 45/00132/2020/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Castilla-La Mancha
Fecha de la resolución: 16/11/2021
Asunto:

IRPF. Ganancia patrimonial obtenida en la venta de una vivienda habitual. Procedencia de la rectificación de la autoliquidación para la inclusión de exoneración de la ganancia patrimonial por reinversión de vivienda habitual.

Criterio:

En el caso de que se obtenga una ganancia patrimonial en la venta de una vivienda habitual y que el precio de dicha venta se reinvierta en el mismo ejercicio en la adquisición de una nueva vivienda habitual, no nos encontramos ante una opción sometida a plazo, sino a una exoneración de tributación que de no ser ejercida habrá de estimarse que lo ha sido exclusivamente por error, y que como tal, encaja en la previsión del artículo 120.3 de la Ley General Tributaria.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 119.3
    • 120
Conceptos:
  • Exenciones
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales/Incrementos y disminuciones de patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Rectificación
  • Reinversión
  • Vivienda habitual
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas