Criterio 1 de 1 de la resolución: 41/02053/2025/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Andalucía
Fecha de la resolución: 17/10/2025
Asunto:

IRPF. Tributación conjunta en casos de separación legal. Auto medidas provisionales en demanda de divorcio.

Criterio:

Aunque el matrimonio se disuelve desde la fecha de la firmeza de la sentencia de divorcio, el auto de medidas provisionales en el que se acuerde la cesación de la obligación de convivencia así como la asignación de custodia exclusiva a uno de los progenitores, permite que éste opte por la tributación conjunta en la modalidad del art. 82.1. 2ª (separación legal).

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 82.1.2
Conceptos:
  • Auto
  • Declaración conjunta
  • Divorcio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Medidas cautelares
  • Separación
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • CSS 3.0 (Abre nueva ventana)
  • XHTML 1.0 (Abre nueva ventana)
  • Nivel Doble-A de Conformidad con las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 (WCAG 1.0). (Abre nueva ventana)
  • (NIPO: 225-24-144-1)