Criterio 1 de 1 de la resolución: 39/02094/2021/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Cantabria
Fecha de la resolución: 23/12/2022
Asunto:

IRPF. Exención del art. 7.n), prestación por desempleo percibida en la modalidad de pago único.

Criterio:

No se pierde el derecho a la exención cuando la actividad desarrollada como trabajador autónomo pase a serlo por una sociedad limitada, en la línea de la consulta vinculante de la DGT V0681-16, de 19 de febrero, que permite la transformación de una sociedad limitada laboral en una sociedad mercantil, "pues ambas figuras asociativas están comprendidas entre las entidades a las que se tiene que aportar las cantidades percibidas del desempleo para aplicar la exención", que se basa en el literal del artículo 7.n) LIRPF; respetando siempre el resto de los requisitos exigidos.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 7.n)
Conceptos:
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Pago
  • Prestaciones por desempleo
  • Requisitos
  • Sociedad mercantil
  • Trabajadores autónomos
  • Transformación
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas