Criterio 1 de 1 de la resolución: 38/00119/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: Sala Desconc. de Tenerife
Fecha de la resolución: 01/10/2024
Asunto: Reserva para Inversiones en Canarias. Irretroactividad de la norma. Modificación introducida por la Ley 8/2018 de 5 noviembre de 2018. Inmuebles destinados a viviendas con fines turísticos.
Criterio:
La modificación introducida por el artículo 1.34 de la Ley 8/2018 de 5 de noviembre de 2018, en vigor a partir del 07/11/2018, por la que se impide la materialización de la Reserva para Inversiones en Canarias en la adquisición de inmuebles destinados a viviendas con fines turísticos no tiene efectos retroactivos, al no contener disposición alguna que permita tal retroactividad a las dotaciones efectuadas en ejercicios previos a su entrada en vigor.
Referencias normativas:
- Ley 19/1994 Modificación del Régimen Económico Fiscal de Canarias
Conceptos:
- Finalidad
- Materialización
- Régimen Fiscal Canario
- Requisitos
- Reserva para Inversiones en Canarias RIC
- Retroactividad/irretroactividad
- Viviendas