Criterio 1 de 1 de la resolución: 36/00411/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Galicia
Fecha de la resolución: 19/07/2024
Asunto:

Denegación de la inscripción en el Registro Especial de Uniones Temporales de Empresas.

Criterio:

No procede denegar la inscripción de una UTE en el registro especial, a fin de acceder a la aplicación del régimen fiscal previsto en la Ley 18/1982, bajo el fundamento de no haber cumplido obligaciones asociadas al ejercicio de la actividad económica (en este caso, no haber causado alta en el IAE mediante la presentación del Modelo que a tal efecto correspondía), cuando ni aquella Ley, ni ninguna otra norma, impone tal requisito para obtener dicha inscripción.

Referencias normativas:
  • Ley 18/1982 Régimen Fiscal de Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de Desarrollo Regional
    • 8
Conceptos:
  • Denegación
  • Inscripción
  • Registro/s
  • Requisitos
  • Uniones Temporales de Empresas (UTES)
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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