Criterio:
No procede denegar la inscripción de una UTE en el registro especial, a fin de acceder a la aplicación del régimen fiscal previsto en la Ley 18/1982, bajo el fundamento de no haber cumplido obligaciones asociadas al ejercicio de la actividad económica (en este caso, no haber causado alta en el IAE mediante la presentación del Modelo que a tal efecto correspondía), cuando ni aquella Ley, ni ninguna otra norma, impone tal requisito para obtener dicha inscripción.