Criterio:
1.- En cuanto al hecho imponible.
La tributación de la adquisición de una oficina de farmacia formalizada en escritura pública es un hecho imponible en la modalidad de actos jurídicos documentados del Impuesto, de conformidad con lo previsto en los artículos 7.5 y 31 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
La liquidación dictada por la Administración tributaria autonómica en dicha modalidad a hechos imponibles devengados con anterioridad a la Sentencia del Tribunal Supremo número 1608/2020 de 26 de noviembre de 2020 (recurso número 3783/2019) no es resultado de una aplicación retroactiva de la jurisprudencia ni puede ser considerada como una vulneración de los principios de confianza legítima y seguridad jurídica, considerando que la doctrina de la Dirección General de Tributos venía a confirmar la tributación de esa operación en actos jurídicos documentados cuando la operación no quedaba sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del mismo impuesto, al menos, desde la Resolución V1804/2006 de 8 de septiembre de 2006.
2.- En cuanto a la base imponible
Teniendo en cuenta que es requisito para la tributación en la modalidad de actos jurídicos documentados que la operación sea inscribible y valuable económicamente, debiendo atender a la normativa especifica reguladora de los actos o derechos inscribibles que afecten a los bienes que van a ser objeto de inscripción en el Registro de Bienes Muebles, en el supuesto analizado se anula la liquidación debido a que, la Administración tributaria autonómica no fundamenta, jurídicamente, la inclusión del fondo de comercio como componente para la determinación de la base imponible.
Jurisprudencia asociada:
- Sentencia del Tribunal Supremo número 1608/2020 de 26 de noviembre de 2020 (recurso número 3873/2019)
Doctrina tributaria asociada:
- Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de 24 de enero de 2024 número 28/19092/2021.
- Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias de 29 de febrero de 2024 número 38/00595/2023
- Resoluciones de la Dirección General de Tributos: V1804/2006 de 8 de septiembre de 2006; V0664/2022 de 25 de marzo de 2022; V0241/2022 de 11 de febrero de 2022.