Criterio:
El 3% aplicado por la AEAT sobre el valor catastral no responde al concepto de amortización mínima del artículo 40 del Reglamento del IRPF. Es necesario remitirse a la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades al efecto de determinar la amortización mínima, por referencia al período máximo de amortización recogido en las tablas del Impuesto sobre Sociedades que son, las que, de forma expresa, concretan, de manera general, los períodos máximos de amortización para todo tipo de bienes, entre ellos, las viviendas.