Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/03263/2019/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 30/11/2021
Asunto:

Impuesto sobre Hidrocarburos. Supresión de la exención para el biogás utilizado en la producción de energía eléctrica (período 01/01/2013-01/07/2018). Vigencia de la exención por aplicación del criterio jurisprudencia.

 
Criterio:

Por la aplicación de la Resolución TEAC 766/2019 de 21.05.21 y Sentencia TS 420/2021 Rec. casación 6783/2019 de 23.03.21, debe entenderse vigente en los períodos controvertidos la exención para el caso de biogás destinado a la producción de electricidad y no vigente para el caso de gas natural. Por otra parte, interpreta este Tribunal que la exención no se extiende a la fracción del consumo de biogás (en el supuesto de que se produzca generación combinada de calor y electricidad) destinada a la generación de calor.

Referencias normativas:
  • Ley 38/1992 Impuestos Especiales IIEE
    • 50.1
    • 50.3
Conceptos:
  • Biogás
  • Criterios
  • Energía eléctrica
  • Exenciones
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuestos Especiales IIEE
  • Normativa aplicable
  • Sujetos pasivos
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas