Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/01172/2022/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 29/11/2022
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Diligencia de embargo de derechos sobre prestaciones de un plan de pensiones. Inaplicabilidad del artículo 607 LEC.

Criterio:

El criterio establecido por el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de 18/10/2021, recaída en el recurso de alzada 00/422/2019, por el que no se considera sueldo, salario o pensión, a efectos de las limitaciones a la embargabilidad establecidas en el artículo 607 LEC, las prestaciones de un plan de pensiones, debe de ser también aplicable a las prestaciones con origen en otros sistemas de previsión social.

Referencias normativas:
  • RD 939/2005 Reglamento General de Recaudación RGR
    • 93
  • Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
    • 607
Conceptos:
  • Crédito/s
  • Diligencia de embargo
  • Embargos: sueldos, salarios y pensiones
  • Planes de pensiones
  • Procedimiento de recaudación
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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