Criterio:
El reparto de ingresos no declarados descubiertos en el procedimiento, como ingresos reales, entre las 3 actividades que realiza el obligado, según el porcentaje que se venía produciendo según libros, no vulnera los límites de la estimación directa.
No se estiman ingresos sino que son ingresos reales que no se han declarado y solo se reparten entre las actividades realizadas, de modo racional, según lo que el propio interesado venía declarando.