Criterio 1 de 1 de la resolución: 30/00546/2023/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Murcia
Fecha de la resolución: 30/01/2026
Asunto:

IVA. Solicitud de devolución de cuotas de IVA cuyo derecho a compensar ha caducado.

Criterio:

Se trata de un procedimiento en el que el interesado reclama su derecho a la devolución (en este caso de cuotas de IVA caducadas), teniendo la Administración en virtud del art.115.1 de la LGT, la facultad de comprobar las circunstancias relativas a los períodos prescritos de los que proceden las cuotas a compensar caducadas cuya devolución solicita el 13/05/2022, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas aplicables en relación a la deducibilidad de las cuotas de IVA soportado y con ello la procedencia o no de dicha devolución.

Por lo expuesto, procede confirmar el acuerdo impugnado pues como el propio interesado reconoce, las cuotas de IVA cuya devolución solicita fueron generadas en el período 1T/2017 y en los períodos 1T, 2T, 3T y 4T de 2016 del ejercicio 2016 sin que, aún habiendo sido requerido expresamente para ello, haya aportado el Libro de facturas emitidas y recibidas del año 2016 ni las facturas de gastos de dicho ejercicio, por lo que, siendo el propio interesado el que solicita la devolución de las cuotas, a él corresponde la carga de la prueba en virtud del artículo 105 de la Ley 58/2003. Y en particular, pretendiendo hacer valer su derecho a la devolución, el artículo 115 de la LGT otorga a la Administración el derecho a comprobar y solicitar justificantes documentales de la devolución solicitada pues tal comprobación resulta precisa en relación con un derecho a los que se refiere el artículo 66 de esta Ley que no hubiesen prescrito.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 115
    • 66.bis.2
Conceptos:
  • Caducidad
  • Derechos
  • Devoluciones
  • Impuesto sobre el Valor Añadido IVA
  • Libros-registro
  • Prescripción
  • Requerimiento
  • Solicitud
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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