IRPF. Imputación de rentas inmobiliarias por vivienda habitual en régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español.
Se considera que en caso de contribuyentes acogidos al régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español previsto en el artículo 93 LIPRF, no procede imputar rentas inmobiliarias por el inmueble que constituya su vivienda habitual.