Criterio 1 de 1 de la resolución: 28/22051/2024/00/00
Calificación: No vinculante
Unidad resolutoria: TEAR de Madrid
Fecha de la resolución: 25/11/2025
Asunto:

IRPF. Exención por reinversión en vivienda habitual. Separación pareja de hecho.

Criterio:

Se considera como situación análoga a las previstas reglamentariamente para que la vivienda no pierda el carácter de habitual a pesar de no haber residido en ella durante un plazo continuado de, al menos, tres años, el supuesto de separación de una pareja de hecho.

En el presente caso, aun acreditada tal circunstancia, no es aplicable la exención pretendida dado que la vivienda transmitida era propiedad de un único miembro de la pareja.
 

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 38
    • 41
  • RD 439/2007 IRPF Reglamento Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • 41 bis
Conceptos:
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Reinversión
  • Requisitos
  • Vivienda habitual
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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